Pensamiento ético kantiano como base de los Derechos Humanos
Pensamiento ético kantiano como base
de los Derechos Humanos
Autor: Guillermo
Enrique Camacho Mora
Resumen
¿Qué aportes le dio Kant a los
derechos humanos? Esta será la principal pregunta que se realiza en este
proyecto de investigación. En su filosofía ética, Kant plantea ver a las
personas como un fin y no como un medio. Este pensamiento ético fue el que señaló
el concepto que Kant tenia como dignidad humana, la cual es la base fundamental
en los derechos humanos para una vida digna. El pensador alemán hace cumplir su
idea de dignidad mediante, lo que él llamó, el imperativo categórico, una regla
universalmente valida a la cual se llega mediante el ejercicio de la razón,
independiente de las costumbres, ideologías o circunstancias del ser humano.
Mientras que los derechos humanos se hacen vale mediante tratados y
convenciones positivas. Pero, a pesar de que los medios que tomó Kant y los que
tomaron los derechos humanos son distintas, el fin que tienen son los mismos, el
respeto a la dignidad de todos los seres racionales.
Palabras clave: Derechos
Humanos, ética, moral, vida digna
Abstract
What contributions did it
give to him Kant to the human rights? This one will be the principal question
that is realized in this project of investigation. In his ethical philosophy,
Kant considers seeing the persons as an end and not as a way. This ethical thought
was the one that indicated the concept that Kant took as a human dignity, which
is the fundamental base in the human rights for a worthy life. The German
thinker makes fulfill his idea of dignity by means of, which it was called, the
categorical imperative, one rules universally validates whom comes near by
means of the exercise of the reason, independent from the customs, ideologies
or circumstances of the human being. While human rights are made valid through
positive treaties and conventions. But, despite the fact that the means taken
by Kant and those who took human rights are different, the purpose they have is
the same, respect for the dignity of all rational beings.
Key
words: Human rights, ethics, moral, worthy life
1.
Introducción
Los derechos humanos son la esencia de nuestra humanidad (Wark, 2011) . Son la
plasmación legal de lo que el ser humano conceptualiza como una vida digna. Y
para lograr dicha clase de vida, los DD. HH se fundamentan en la dignidad
humana. Convirtiéndose así, poco a poco,
el discurso de los derechos humanos […] en
el de la dignidad humana (Santos, 2014) . Entre los
filósofos modernos, el que primero tocó el tema de los derechos humanos fue
Immanuel Kant. Este pensador alemán planteó que la dignidad humana no se basa en que seamos nuestros propios dueños
o en que se diga que nuestras vidas y libertades son un don de Dios. Se basa en
que somos seres racionales, merecedores de dignidad y respeto (Sandel, 2010) .
Siendo así, el presente
proyecto se destinará a hacer una relación entre la filosofía ética de Kant y
las bases primarias de los Derechos Humanos. Pero, cabe aclarar que, los
derechos humanos tienen más bases filosóficas, no solo a Kant. Mas el énfasis
que se hará en este pensador es debido a su gran aporte filosófico,
principalmente a la Etica. Pues fue Kant el que “levantó” la moral después del
gran golpe que le había dado Nietzsche, quien veía al mundo consciente solo en
fuerza físicas carentes de significado ético, con su amoralidad. Y fueron tan buenos
sus aportes para crear un concepto de la idea de dignidad humana que varios
escritores, como Michael Sandel, lo consideran una base indispensable para que
las garantías de una vida digna nacieran.
Teniendo claro todo lo
anterior, podemos afirmar que, efectivamente, el filósofo alemán Immanuel Kant
dio grandes aportes para que los Derechos Humanos nacieran. Ahora bien, este
proyecto de investigación está dirigido a ver la manera en que lo hizo. Porque,
por conocimiento básico, se sabe que los derechos humanos nacieron después de
la revolución francesa, y después fueron más inclusivos en 1948 al hacer la “Declaración Universal de Derechos Humanos”,
que como su nombre lo dice fue en Francia, pero Kant fue un hombre que
nació, vivió y murió en Königsberg, Alemania, por lo que sus ideas debieron ser
bastante imprescindibles como para que incluso hoy tengan cierta validez.
2.
Bases
de los derechos humanos
Los derechos humanos son
la garantía para el libre desarrollo de una persona como ser dentro de una sociedad.
De no ser por ellos el gran “Leviatán”
(Hobbes, 1651) , en verdad se convertiría en un ser
omnipotente sobre los habitantes de un Estado. Tal vez la idea de los “derechos
humanos” sea mucho más antigua que su concepto. Mejor analogía no podría ser
usada que la que se hizo en El manifiesto
comunista (Marx, 1848) , “Un fantasma recorre Europa”; sin
embargo, el cambio que habría que hacerle seria que el susodicho fantasma no sería
el comunismo sino, los Derechos humanos.
La analogía se hace más
evidente mientras más se analice el contexto en el que han vivido los DD.HH.
Pasando del Iusnaturalismo, defendido desde diferentes perspectivas. Desde el
punto de vista teológico se defiende la idea de DD. HH siendo que todos somos
hijos de un único Dios, al serlo todos somos iguales a sus ojos y por lo tanto
todos somos dignos de los mismos derechos. Por otro lado, movilizándonos por el
naturalismo jurídico, se encuentra la defensa racionalista. En esta corriente,
el ser humano es digno de respeto, tanto en su persona como en sus derechos,
por el hecho de que es un ser con razón, aptitud que separa a los humanos de
los animales no pensantes. Podría hacerse una “referencia filosófica”
utilizando el conocido aforismo de Descartes, Cogito ergo sum (Discurso del Metodo, 1637) ¸ para explicar
esta rama del pensamiento jurídico. Trasladándose a: Cogito ergo mea iura exercere.
Moviéndonos al otro lado
del pensamiento jurídico nos encontramos al Positivismo Jurídico, en el que el
mayor fundamento para la defensa universal de los DD. HH es el principio de
igualdad ante la ley. Si todos somos iguales ante la ley nadie debería ser
discriminado de manera negativa, porque la discriminación positiva si es
aceptada por la mayoría del pensamiento occidental, y para proteger a las personas
de la discriminación se usan las garantías de los DD.HH.
A pesar de todas las
bases teóricas sobre las que se fundamentan los derechos humanos, existe un
concepto que sostiene todas las bases. Este concepto es el de dignidad humana.
2.1. Dignidad Humana
Lamentablemente, y a
pesar de todos los pensadores que han tratado de conceptualizar la idea de la
dignidad humana, la comunidad internacional no ha llegado a un concepto preciso
sobre lo que significa. Y resulta bastante irónico, y en ciertos casos
contraproducente, el hecho de que la mayor base para las garantías de una vida
digna no tenga una definición clara. Por lo que en este apartado se verán los
diferentes conceptos que han tenido grandes pensadores de esta idea. Comenzando
con el filósofo sobre el cual gira este proyecto de investigación, Kant, el
cual en Metafísica de las Costumbres (1785) dice que la
dignidad humana consiste en:
“[Obrar] de manera de tratar a la humanidad tanto en tu persona
como en la persona de otro siempre como un fin y nunca como un medio.”
Casi por
el contrario esta Bakunin y su conocida frase, aunque no existan fuentes
formales para sostener que fue el quien verdaderamente lo dijo, sobre la
dignidad humana:
“La libertad, la moralidad y
la dignidad humana
del individuo consisten precisamente en que haga el bien no porque esté forzado
a hacerlo, sino porque libremente lo conciba, lo quiera y lo ame”
Por último,
se vera la definición que dio la Corte Constitucional Colombiana respecto a la
dignidad humana, en la sentencia T-881 del 2002. En esta sentencia, la Corte
Constitucional entiende la expresión: “dignidad humana”:
“como entidad
normativa, puede presentarse de dos maneras: a partir de su objeto concreto de
protección y a partir de su funcionalidad normativa. […] la Sala ha
identificado a lo largo de la jurisprudencia de la Corte, tres lineamientos
claros y diferenciables: (i) La dignidad humana entendida como autonomía o como
posibilidad de diseñar un plan vital y de determinarse según sus
características (vivir como quiera). (ii) La dignidad humana entendida como
ciertas condiciones materiales concretas de existencia (vivir bien). Y (iii) la
dignidad humana entendida como intangibilidad de los bienes no patrimoniales,
integridad física e integridad moral (vivir sin humillaciones). De otro lado al
tener como punto de vista la funcionalidad, del enunciado normativo “dignidad
humana”, la Sala ha identificado tres lineamientos: (i) la dignidad humana
entendida como principio fundante del ordenamiento jurídico y por tanto del
Estado, y en este sentido la dignidad como valor. (ii) La dignidad humana
entendida como principio constitucional. Y (iii) la dignidad humana entendida
como derecho fundamental autónomo.”
3.
Pensamiento
ético Kantiano
Ahora bien, teniendo
claro que existe una gran variedad en lo que respecta a la dignidad humana, que
es la base de los derechos humanos, entre estos la definición dada por Kant.
Este filósofo alemán creo la idea de ver a la humanidad como un fin en sí mismo
y no como un medio para lograr los fines, como lo pretendía el utilitarismo,
independientemente los que fueran. Para esto Kant creo un tipo de ética que, al
igual que su agenda, es una de las más rigurosa y estrictas. Para que se cumpla
esta rigidez Kant se plantea diferentes problemas comenzando por preguntarse:
¿Verdaderamente somos libres? ¿Cómo podremos llegar a la libertad? En los
siguientes apartados se evidenciará la respuesta que le dio Kant a estas
preguntas.
3.1. Dignidad humana y Ética kantiana
“No hay nada en el mundo o fuera de
él que pueda ser llamado absolutamente bueno, excepto una buena voluntad” (Kant, 1785)
Con
estas palabras Kant abre su libro Fundamentación
de la metafísica de las Costumbres. Puede no ser muy explícito, pero se
puede deducir lo que el filósofo alemán entendía como lo fundamental para una
acción buena, la intención con la que se hace. Si se quiere, que para Kant quedaría
mejor: si se debe, hacer una buena acción (la distinción entre lo bueno y lo
malo desde la perspectiva kantiana se verá más adelante) esta debe tener como
fin el bien de la humanidad. Lo anterior se puede dar a entender como una
especie de antítesis a la Ética utilitarista, la cual dice que las personas no
son un fin sino un medio para lograr la felicidad de la mayoría; moralidad que
a plena vista parece espectacular, pero que al detallarla se podrán ver varios
de sus defectos. El más importante por señalar es que para un utilitarista,
mientras que por medio de cálculos se evidencia que ayudaría a una mayoría, podría
incluso a pasar por encima de la propia vida de las personas.
Volviendo
a Kant, y a su perspectiva Ética del mundo, quien veía que todas las acciones,
que querían que se considerasen buenas, debían estar dirigidas al bien de la
humanidad, al de toda ella no solo a un pequeño nicho como si de marketing se
hablara, y toda esta Ética tan formalista
y rígida (Solé, 2015) se
basa en la consideración que Kant tenía sobre la dignidad humana. Esta idea
kantiana esta conceptualizada en Metafísica
de las costumbres, en la que se ve a la dignidad humana como un valor
intrínseco de la persona racional que no admite iguales, como las cosas o las
mercancías, ya que esta no puede ser negociable ni intercambiable.
3.2. El imperativo categórico
El
aporte kantiano al campo de la ética se presenta sobre todo en Critica a la razón práctica (1788) y Fundamentación de la metafísica de la
costumbre (1785) . En estos
escritos la Ética kantiana se aleja de las demás éticas basadas en la
interpretación de la naturaleza humana, que determinan las máximas y preceptos
a partir del modo de entender la idiosincrasia de la persona (para alcanzar X
fin se deben hacer Y y Z). Esta Ética también rehúye de los planteamientos
condicionales caracterizados por la persecución de un fin y la determinación de
los medios para alcanzarlo (si quiere aprender derecho inscríbase en una
escuela de leyes; si quiere ser buena persona trate a los demás con respeto), a
los cuales llama “imperativos hipotéticos”
Lo
más destacable de la filosofía Ética de Kant es su universalismo y formalismo.
Esta Ética debe ser válida y obligatoria para todos los seres racionales. Pues se
llega a ella mediante la práctica de la razón, por lo que no puede basarse en
imperativos hipotéticos. No puede basarse en contenidos parciales y
particulares, porque el universalismo de Kant pretende que el precepto de la ética
sea previo a cualquier circunstancia personal, social o histórica, y autónomos
respecto a cualquier ideología y religión.
De
esta manera nace el imperativo categórico. Una ley obligatoria y a la que se
llegaba mediante el uso de la razón pura. Si una acción quiere llegar a ser
considerada como buena se deben analizar: Si la acción es buena en sí misma, si
va dirigida para el bien de la humanidad y, la más importante para Kant, la
intención con la que se hizo. Para responder al primer requisito se debe universalizar
la acción, es decir, preguntarse: Si todas las personas en el mundo hicieran X
acción ¿Sería bueno? Si la respuesta es positiva la acción es buena, de lo
contrario la acción sería mala. El segundo y tercer requisito pueden llegar a
estar entrelazados, pero no unidos, responder el porqué de una acción no es lo
mismo a responder el “paraqué”. A pesar de esto, las dos preguntas son
resueltas mediante el imperativo categórico, el cual funciona como reglas de
obligatorio cumplimiento. Si se hace X acción porque se debe hacer entonces es
una acción moralmente buena, a contrario
sensu, Si se hace X acción por otra cosa que no sea el deber
de hacerla, a pesar de que sea la acción que se “deba” hacer, será moralmente
mala.
El
imperativo categórico no admite circunstancias, siempre se debe cumplir. Si,
por cualquier motivo, se incumple con esta regla moral la acción será, para
Kant, mala, he aquí la rigidez que ha caracterizado la moral kantiana. Es
completamente independiente e individual de religión, raza, sexo, costumbres y
cualquier otro aspecto que no sea la razón.
4.
Equiparación
entre la Etica kantiana y los derechos humanos.
Podemos encontrar muchas
similitudes entre los principios y bases de los derechos humanos y la
filosófica kantiana. Para efectos de eficacia y dinamismo en el presente
proyecto de investigación se hará una breve enunciación de las más importantes
similitudes.
El primer rasgo que se
comparte es la irrenunciabilidad que tienen los derechos humanos y la
irrenunciabilidad que le da Kant a la dignidad humana. Es importante recordar
que los derechos humanos tienen una importante fundamentación en la dignidad
humana. Así que haciendo un silogismo se hace más evidente la afinidad que
tienen los derechos humanos y el pensamiento kantiano, un razonamiento lógico
valido podría quedar así: Los derechos humanos son irrenunciables, los derechos
humanos son la conceptualización y positivización de la idea de dignidad
humana, entonces la dignidad humana es irrenunciable. No se podría ser más explícito
para demostrar esta igualdad que existe.
En segundo lugar, se debe
mostrar la forma en que Kant plantea que la humanidad y el ser humano racional
deben ser vistos como un fin y no como un medio. Y la finalidad principal de
los derechos humanos es la protección de la persona humana por el hecho de ser
humano.
Por último, la similitud
que se puede a llegar a captar entre el imperativo categórico y los diversos
tratados y convenciones sobre derechos humanos. Ambos son de obligatorio
cumplimiento, el primero para todos los seres humanos que han llegado a él
mediante la razón y los segundos para los Estados y Organizaciones
internacionales que se suscriban a ellos.
5.
Conclusión
Se puede concluir que los
derechos humanos tienen diversas bases filosóficas. Una de estas bases es el
pensamiento de Kant. El cual, en lo que corresponde a la Ética, siempre va
enfocado a la dignidad de la persona, por el solo hecho de ser persona. La
manera en que Kant protege a la humanidad, y su dignidad, son los imperativos
categóricos, pero para la comunidad internacional esta postura iusnaturalista
no es lo suficientemente vinculante como un derecho positivo. De esta manera
nacieron los tratados y convenios internacionales, para positivizar el trabajo
que Kant deseaba que hicieran las personas, como animales racionales, mediante
el uso de su principal, por no decir única, característica, la razón.
A pesar de la gran diferencia de los
medios que se han tomado, imperativos categóricos (que perfectamente encajan en
el iusnaturalismo) y tratados internacionales (los que evidentemente hacen
parte del positivismo jurídico), el fin es el mismo: la dignidad de la persona.
Bibliografía
Bullé-Goyri, V. M. (2013). ScienceDirect.
Obtenido de Boletin Mexicano de Derecho Comparado: Reflexiones sobre la
Dignidad Humana en la actualidad:
https://www.sciencedirect.com/science/article/pii/S0041863313711219#fn0105
Constitucional, C. (2002). Corte
Constitucional. Obtenido de Sentencia T-881:
http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2002/t-881-02.htm
Descartes, R. (1637). Discurso del
Metodo. PDF.
Hobbes, T. (1651). Leviatán.
PDF.
Kant, I. (1785). Metafisica de las
Costumbres. Pedro Rosario Barbosa.
Kant, I. (1788). Critica a la Razón
Practica. PDF.
Marx, C. (1848). Manifiesto del
Partido Comunista. Elaleph.com.
Sandel, M. (2010). Lo que cuenta es el
motivo. Immanuel Kant. En M. Sandel, Justicia ¿Hacemos lo que debemos?
PDF.
Santos, B. d. (2014). Derechos
humanos, democracia y desarrollo. DeJusicia.
Solé, J. (2015). KANT: El giro
copernicano en la filosofia. Buenos Aires: Bonalletra Alcompas S.L.
Wark, J. (2011). Manifiesto de
Derechos Humanos. Barataria, S.I.
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